1. El Origen de tu Saldo de Subcuenta de Vivienda
Cada dos meses, el patrón que te emplea tiene la obligación legal constitucional de aportar el 5% de tu Salario Diario Integrado directamente a tu cuenta individual del Infonavit. Estos recursos no son un impuesto ni una deducción de tu sueldo; representan un fondo de ahorro patrimonial privado que genera rendimientos anuales iguales o superiores a la inflación.
2. Las Tres Formas Legales de Disponer de tu Dinero
A) Aplicarlo como Enganche en la Compra de una Vivienda
Al tramitar un crédito Infonavit Tradicional o un crédito Cofinavit con banco, el saldo total acumulado en la Subcuenta de Vivienda se transfiere directamente al vendedor para cubrir el enganche y los gastos notariales, reduciendo drásticamente el dinero que debes poner de tu bolsillo.
B) Liquidar una Hipoteca Bancaria Previa (Pago de Pasivos)
Si ya compraste una casa mediante un crédito hipotecario bancario y tienes un saldo acumulado en tu Subcuenta de Vivienda, puedes solicitar a Infonavit que aplique ese ahorro para liquidar o amortizar el capital de tu deuda bancaria.
C) Retiro Íntegro en una Sola Exhibición al Momento de la Jubilación
Si nunca utilizaste tu crédito Infonavit a lo largo de tu vida laboral, al momento de jubilarte y obtener la resolución de pensión del IMSS (bajo Ley 73 o Ley 97), puedes solicitar la devolución íntegra en efectivo de tu Subcuenta de Vivienda transferida a tu cuenta bancaria personal.
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Fuentes Oficiales y Referencias Jurídicas
Marco normativo y fuentes institucionales consultadas:
- Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores: Artículos 40 al 44 (Administración de la Subcuenta de Vivienda).
- Ley del Seguro Social (LSS): Artículos relativos a las cuentas individuales de los trabajadores.
- CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro): Reglas de traspaso y disposición de saldos de vivienda.